Aspectos generales para beneficiarios. Requisitos
Podrán ser beneficiarias del sistema todas las empresas que coticen a la Seguridad Social por contingencias profesionales, que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:
· Haber realizado inversiones en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de riesgos laborales.
· Haber cotizado con un volumen total de cuotas superior a 5.000€.
· No rebasar determinados límites de Siniestralidad (se excluyen los accidentes in-itínere).
· No haber sido sancionadas en firme en vía administrativa por comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o Seguridad Social.
· Acreditar el cumplimiento de los requisitos básicos en prevención de riesgos laborales (con la conformidad de los delegados de prevención).
Las empresas que no hayan cotizado por una cantidad igual o superior a 5.000€ también podrán acceder al incentivo bajo determinadas condiciones.
Sistema de indicadores
Se deberá acreditar al menos dos de las siguientes acciones:
· Incorporación de recursos de prevención propios (trabajadores designados o servicio de prevención propio) o ampliación de los ya existentes.
· Realización de auditorías externas cuando no se esté obligado a ello.
· Existencia de planes de movilidad vial.
· Acreditación de la disminución del % de trabajadores con riesgos de enfermedad profesional.
· Certificado de calidad de la organización y funcionamiento del sistema de prevención de la empresa expedido por organismo acreditado por la ENAC.
Cuantía
De forma general: hasta el 5% de las cuotas por contingencias profesionales correspondiente al periodo de observación o el 10% si los periodos de observación son consecutivos y en el inmediatamente anterior se ha percibido el incentivo. Para pequeñas empresas: 250€ para el primer periodo de observación y 500€ en el segundo periodo y siguientes, siempre que en el inmediatamente anterior se haya percibido el incentivo.
Presentación de solicitudes
Plazo: del 1 de abril al 15 de mayo de 2015.
Las empresas que deseen optar al incentivo deberán presentar la solicitud en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales.